A continuación un ensayo elaborado en el contexto de los estudios de Cultura y Modernidad con el escritor y académico Hernán Dinamarca de la Universidad Alberto Hurtado de Chile, este texto es una reflexión sobre las autonomías en Bolivia, como diría Bertolt Brecht: lo viejo no acaba de morir y lo nuevo no acaba de nacer, es la expresión que define, desde mi perspectiva, lo que sucede en el país. El ánimo de este ensayo es generar diálogo, propuestas, reflexiones en los lectores, acerca del camino que está recorriendo nuestro páis. El presente texto está organizado en cinco partes: Introducción y antecedentes, contexto histórico y político, Estructura orgánica del Estado Plurinacional de Bolivia (reflexiones del texto constitucional y la realidad boliviana), el proceso de implementación de a autonomía en Bolivia desde su estructura competencial del nivel intermedio y las conclusiones.

1. Introducción y antecedentes:
El presente ensayo es una mirada desde el Desarrollo Humano a la demanda autonómica de Santa Cruz de la Sierra, a partir de las lecturas y reflexiones sobre cultura y modernidad guiadas por el escritor y académico de la Universidad Alberto Hurtado, Hernán Dinamarca, referidas al nacimiento a la vida republicana del Estado Nación como concepto de la modernidad en América latina, dicho proceso ignoró y discriminó la episteme y voluntad de las poblaciones mayoritarias de los países del continente, en unos países sucedió con más o menos violencia que en otros, en el caso de Bolivia, no se respetó la voluntad de nacer en un Estado federalista descentralizado por parte de Santa Cruz de la Sierra y tierras bajas de Bolivia, que pertenecían al Virreinato de La Plata, aquí se impuso la voluntad de los líderes de la independencia que formaban parte del Virreinato del Alto Perú, para lo cual me remitiré a referencias bibliográficas de los historiadores especialistas en historia del oriente boliviano Dr. Alcides Parejas y Paula Peña y en el Doctor en Historia Víctor Rojas, con la tesis Región y poder central en Bolivia: Santa Cruz de la Sierra, 1938-1971, Víctor Rojas.

Así mismo este ensayo es parte de mi profundo interés por saber cómo aportar a lo que sucede en mi país en cuanto a los ejes que posibilitan el desarrollo humano: educación, cultura, salud, seguridad ciudadana. Para ello, he realizado en los últimos meses lecturas y reflexiones sobre la ley marco de autonomías, la matriz y clasificador competencial, documentos con mucho valor al igual que la constitución política del Estado Plurinacional de Bolivia, pero que no terminan de asignar ni recursos ni competencias en áreas básicas para que los pueblos decidan por sí solos y elijan el tipo de educación, gestión de sus recursos culturales y naturales, gestión de crisis en temas de seguridad ciudadana, asignación de ítems médicos y profesores, tanto en zonas rurales como urbanas.

Enfocaré mi análisis, descripción y reflexión en Bolivia, desde la pregunta: ¿La implementación de las autonomías departamentales demandadas históricamente por Santa Cruz e implementadas en el gobierno de Evo Morales desde la constitución del Estado Plurinacional de Bolivia ha logrado resolver las desigualdades socioeconómicas, educativas, culturales y de salud de tierras bajas (Santa Cruz, Pando, Beni, Tarija) y del país en general?

Describiré brevemente mediante hitos históricos cómo se desarrolló la demanda de federalista y autonómica desde Santa Cruz, comenzando con el nacimiento a la vida republicana hasta los últimos años en que se logra situar en la agenda nacional la cuestión autonómica; convocándose a las primeras elecciones de gobernadores hasta llegar a la Ley marco de autonomías, la apertura del primer Ministerio de Autonomías, los déficit y aciertos del mismo y el estado actual de este proceso. Para describir las características de la autonomía que se vive actualmente en el país, me referiré tanto la Constitución política del Estado Plurinacional de Bolivia como a la Ley marco de autonomías, con reflexiones propias sobre las particularidades de las autonomías implementadas, por sus características etnográficas y sociológicas.

Haré una descripción puntual sobre la actual estructura del Estado Plurinacional de Bolivia y la estructura competencial autonómica, para demostrar mi hipótesis; haciendo mención, crítica y reflexión de las características estructurales de la autonomía instituida en Bolivia, sus tipologías, la estructura competencial de los niveles intermedios, para demostrar que las autonomías implementadas no han asignado recursos ni descentralizado en absoluto los ejes que me parecen esenciales para el desarrollo humano y el ejercicio pleno de las libertades regionales: educación, salud y cultura, éstos siguen siendo competencia del Estado central, no hay ni asignación de recursos, ni descentralización de decisiones en cuanto a currículo de aprendizaje, no hay libertad de asignación de ítems para el profesorado ni para médicos, mucho menos para asuntos de seguridad ciudadana en casos de emergencia, hay desconocimiento del territorio, tanto en zonas rurales como urbanas. Es decir se sigue dependiendo de la voluntad del poder central, el poder sigue siendo ultra centralista a nivel policial, cuando suceden emergencias hay incapacidad de respuesta y no se tiene clara la autoridad responsable, etc. En lo cultural ni hablar, los presupuestos departamentales son menos del 2 por ciento, lo cual genera una serie de huecos en las provincias, que tienen una gran riqueza antropológica, arqueológica, lingüística que está esperando recursos para iniciar la implementación de museos, bibliotecas, centros de investigación y documentación del patrimonio, que además ya han sido identificados por la UNESCO como parte del patrimonio cultural de la humanidad, en varias regiones del oriente Boliviano: Roboré de Chiquitos, Santiago de Chiquitos, San Ignacio de Moxos, Trinidad, etc.

2. Contexto histórico y político:
Para entender el proceso boliviano es esencial remontarnos a momentos históricos que dan razón de la demanda federalista, autonómica y los inicios de la descentralización desde Santa Cruz para Bolivia, me referiré a los momentos más relevantes histórica y políticamente.

La historiadora y experta en Historia del oriente Boliviano, Paula Peña explica que los procesos de traspaso de competencias, demandas autonómicas y descentralizadoras y los estudios sobre el federalismo se remontan al siglo XIX. En la Asamblea Constituyente de 1871, se debatió el tema y en la votación los unitarios obtuvieron 32 votos y los federales 20. Fue Cochabamba el departamento que lideró la lucha federal en esa Asamblea, frente al unitarismo liderado por el departamento de La Paz (Peña, 2007).

En Santa Cruz, las ideas federales se debatían desde la década del sesenta del siglo XIX; Tristán Roca, uno de los cruceños más prominentes, introdujo la temática en Santa Cruz y tuvo algunos discípulos entre ellos Andrés Ibáñez. La derrota del federalismo en 1871 y el decreto de librecambio de 1872 -que afectaba directamente la economía cruceña, que no tenía posibilidades de competir con los productos chilenos y peruanos- fueron las causas inmediatas para que se desarrolle un fuerte movimiento federalista en Santa Cruz, liderado por Andrés Ibáñez y su Club Igualitario (Parejas, 1980).

Entre 1875 y 1876, Andrés Ibáñez se enfrentó al gobierno central, en varias ocasiones y después de estar preso y liberado por un motín entre los soldados, fue nombrado prefecto el 2 de octubre de 1876, por el pueblo. Más de 725 personas firmaron ese nombramiento; el documento se conoce como Acta del Pueblo. Ibáñez, consideraba que, la pobreza de Santa Cruz se debía a “la tiránica forma de gobierno unitario”. En diciembre de ese mismo año, Ibáñez proclamó una Junta de Gobierno Federal y esto provocó que el presidente Daza envíe al Ejército Nacional, en mayo de 1877, fusilaron a Ibáñez y sus seguidores en la frontera con el Brasil (Peña, 2007).

En 1891, se dio en Santa Cruz otro movimiento federal, conocido como la revolución de Los Domingos. Este movimiento, también estuvo enmarcado dentro de una grave crisis económica que vivía Santa Cruz, por la pérdida del mercado andino y por migración miles de hombres hacia el Noreste para la explotación de la goma elástica. El levantamiento de Los Domingos creó una Junta de gobierno Federal, tenía un pequeño ejército y logró imprimir su propia moneda. Este movimiento fue reprimido por el Ejército Nacional enviado por el presidente Arce, y sus principales líderes fueron al exilio y a prisión (Parejas, 1980).

La llamada Guerra Federal de 1898, encontró en Santa Cruz adeptos a la causa federal, quienes se desencantaron tan pronto los paceños ,que habían proclamado el Estado Federal de La Paz y a su gobernador, decidieron en la Asamblea, votar por el unitarismo y desechar cualquier idea federal. Los federales, que solo eran liberales, gobernaron el país desde ese momento no dudaron en cambiar territorio por dinero para modernizar el país (Tratado de Petrópolis, 1903 y Tratado con Chile 1904). La modernización significó la construcción de una red ferrocarrilera que vinculaba a las principales ciudades del occidente entre ellas y con los puertos del Océano Pacífico (Peña, 2007).

Se observa entonces que Santa Cruz demanda históricamente equidad en la distribución de recursos, igualdad de oportunidades de desarrollo y participación en la economía, integración en todos los ámbitos: educación, salud, vivienda, caminos. En ese sentido sucedieron los cuestionamientos al sistema unitario, como la Constituyente de 1871, la Convención Nacional de 1899-1900, derivada de la llamada revolución federal, o el Referendo por la Descentralización Político-Administrativa de 1931, y los más recientes hitos históricos autonómicos que han dado lugar a una ley y un ministerio de autonomías (que ahora es viceministerio y depende del ministerio de la presidencia), no a una Bolivia autonómica –todavía no-, porque la distribución de recursos y asignación de poder de decisión sigue siendo arbitraria, desigual en relación con la cantidad de población de Santa Cruz y sus necesidades básicas, la historia deja ver la tiranía del centralismo.

En los últimos años, podríamos explicar el proceso en dos etapas: la de la descentralización de recursos y proyecto de gobierno con autonomía demandada por Santa Cruz y la de la autodeterminación de los pueblos indígenas, originarios y campesinos; ambas han ido configurando un diseño autonómico para el país y viabilizando la descentralización en varias instancias del gobierno nacional.

El siguiente y último hito a nivel jurídico de este proceso, será la aprobación y promulgación de la Ley marco de autonomías, cuyo antecedente jurídico inmediato será la Ley de participación popular y descentralización de 1993, que tuvo como actor principal al Comité Cívico Pro Santa Cruz.

Con esta pincelada inicial, vemos que la lucha por la autonomía y demandas de descentralización de recursos y competencias ha marcado, con sus altibajos, el quehacer político de Santa Cruz de la Sierra, Tarija, Beni y Pando; y algunas zonas de Cochabamba.
En los inicios del siglo XXI estos departamentos posicionan a nivel nacional la demanda autonómica exigiendo: elección de gobernadores para cada departamento y la descentralización de recursos y competencias, este proceso sucede desde una lógica de acercamientos entre los Comités cívicos de distintos puntos del país, especialmente los que conformaron la media luna junto a grupos de poder y sectores de otros departamentos y del país en su conjunto, la lucha de 100 años que habría asumido Santa Cruz como región autonómica, se expandirá a nivel nacional, y la demanda sucederá tanto a nivel urbano como rural, no solo las élites demandarán autonomías, sino también el campesinado, los pueblos originarios y la población en general.

Seguido a este proceso, entrará Evo Morales al poder y capitalizará la historia de esta región, pretendiendo quedar registrado como el presidente que viabilizó un país autonómico, y claro está, no fue así, porque hasta la fecha, apenas el nombre de país autonómico está vigente, con sus variantes de control centralista y no asignación de recursos para educación, cultura, salud acorde a la cantidad de habitantes que tiene el oriente boliviano, más aún con el aumento de migrantes andinos que están siendo relocalizados para sembrar coca porque se ha puesto árida la tierra donde antes sembraban, entre otras razones, estas migraciones son inducidas también para aumentar votos a favor del Gobierno del presidente Evo Morales en las regiones del Oriente Boliviano, se hace de la democracia electoral un instrumento para perpetuarse en el poder, un escudo para ejercer la voluntad de quienes detentan el poder hoy por hoy. Como parte de este proceso sucederán dos hitos: el llamado a la a la Asamblea Constituyente y el referéndum autonómico el año 2006, ambos hitos históricos paralelos que están hasta la fecha redefiniendo la nueva configuración político-administrativa del país, con ajustes ministeriales y viceministeriales, por lo tanto competenciales, que corresponden a las diversas etapas de implementación de la Ley marco de autonomías que lleva el nombre del líder de las autonomías e ideas federales Andrés Ibañez.

La ley Marco de autonomías vendría a ser el último momento o hito en la línea del tiempo que se inicia el año 1871; siendo esta ley el marco jurídico-legal que marcará una nueva etapa en la historia de Bolivia, se iniciará el proceso con una serie de transformaciones políticas e históricas inmediatas, se añadirá el elemento de autonomías indígenas para terminar de organizar el entramado etnográfico e histórico del ahora Estado Plurinacional de Bolivia.

A continuación, una reseña en 5 momentos de este último hito en la historia de la descentralización y autonomías en Bolivia, la misma parte de la metodología de investigación hemerográfica realizada por mi persona el 2006 junto a Carlos Hugo Molina y Claudia Peña, publicada en el libro El movimiento cívico frente al proceso de descentralización (Molina, Peña y Vaca, 2007), mi persona continúa realizando la misma desde el seguimiento de fuentes periodísticas, para entender la dinámica del proceso actualmente, resalto mis conclusiones de estas lecturas en estos cinco momentos descritos a continuación:

1º momento: La elección de gobernadores (dejan de llamarse prefectos): La elección de prefectos, cierra una etapa de más de diez años de experiencia del modelo boliviano de descentralización basado en dos niveles de gobierno (el nacional y el local); asimismo abre una época de transición histórica del modelo de Estado unitario, simple, basado en el centralismo absorbente, al modelo de Estado plurinacional con autonomías. Por lo que, este hecho político constituye el antecedente más inmediato del proceso de descentralización política y administrativa del país que precede a la realización de la Asamblea Constituyente.

2º momento: La elección de constituyentes y el referendo autonómico de 2006: Con las urnas del 2 de julio de 2006, se marca la agenda de dos proyectos de poder: la realización de la Asamblea Constituyente y las autonomías departamentales. Este nuevo mapa político-electoral, marcó la profundidad de la polaridad política que estuvo expresada; por una parte, con prefectos elegidos y movimientos sociales alineados al proceso de cambio que planteaban las grandes transformaciones estructurales y supra-estructurales de la sociedad boliviana; y por otra parte, como contrapeso político, con prefectos elegidos y movimientos cívico-empresariales que planteaban la autonomía como una forma de contención política y consigna de confrontación regional.

3º momento: La nueva Constitución y puertas abiertas autonómicas: Con la aprobación de la nueva Constitución, el 25 de enero de 2009, nace la nueva Bolivia plurinacional con puertas abiertas autonómicas, para que los departamentos que NO optaron por las autonomías departamentales, en el referendo del 2 de julio de 2006 (Oruro, La Paz, Potosí, Cochabamba y Sucre) puedan ingresar a las autonomías departamentales, mediante referendo; y, para los departamentos que dijeron SÍ en el referendo (Pando, Beni, Santa Cruz, Tarija) puedan acceder directamente al régimen de autonomías, debiendo adecuar sus estatutos a la nueva Constitución y sujetarlos a control de constitucionalidad.

Por otra parte, la Constitución, reconoció la Autonomía Municipal como una realidad institucional ya existente, la Autonomía Indígena Originaria Campesina como reconocimiento a las Naciones y pueblo indígenas-originarios-campesinos (NyPIOC) (Albó, 2009) su existencia pre-colonial y su libre determinación, así como la Autonomía Regional, aunque este último sin cualidad legislativa. La astucia de la Asamblea Constituyente radica en recoger e incorporar estos dos proyectos de país en la nueva Constitución Política del Estado: la tesis del Estado plurinacional y las autonomías.

De esta manera, configurándose una sola Bolivia, una sola Constitución y un solo proyecto de país, este proceso nos muestra la habilidad del gobierno del Movimiento al socialismo (MAS) para “capitalizar procesos históricos” (como lo hiciera el MNR en 1952 con las luchas mineras y las demandas de la tesis de Pulacayo) emprendidos tanto por la región del Oriente Boliviano desde Santa Cruz, como del momento pre colonial de los pueblos indígenas, originarios y campesinos, apropiándose y politizando un proceso histórico.

4º momento: Elecciones generales y el referendo autonómico de 2009: Las elecciones del 6 de diciembre, permitieron la conformación de los órganos del poder constituido, para que la Asamblea Legislativa Plurinacional sancione la Ley Marco de Autonomías y Descentralización y el Órgano Ejecutivo promulgue la misma. Con la Constitución se abren las puertas a las autonomías. Con los referendos del 6 de diciembre de 2009, ingresamos al régimen autonómico departamental, regional e indígena originario campesino.

5º momento: Las elecciones departamentales y municipales de 2010: El 4 de abril de 2010, se ejercitó el derecho a las autonomías, en el nivel departamental, regional, municipal e indígena originario campesino, eligiendo a miembros de las Asambleas Legislativas Departamentales, de la Asamblea Regional, Concejales Municipales, Gobernadores en los Departamentos, Alcaldesas y Alcaldes, Subgobernadores (en las provincias del Beni), Corregidores (en los municipios del Beni), Ejecutivos Seccionales de Desarrollo (en el Departamento de Tarija), además de representantes indígenas para las Asambleas Departamentales. Estos hechos político-electorales, constituyen hitos fundamentales en la construcción del proceso autonómico boliviano.

3. Estructura orgánica del Estado plurinacional de Bolivia, reflexiones sobre el texto constitucional y la realidad:

A continuación una caracterización de la estructura orgánica del Estado plurinacional de Bolivia, que parte de mi lectura y reflexiones del texto constitucional, así como de mi participación en las mesas de debate el año 2006 en Sucre, en los inicios del proceso constituyente. El cuerpo jurídico de la nueva CPE que resultó del proyecto constituyente consta, a diferencia de la anterior, de cuatro grandes partes o áreas centrales en las que debe expresarse la reforma substancial del Estado Boliviano.

La Primera Parte se titula Bases Fundamentales del Estado, Derechos, Deberes y Garantías. En las Bases Fundamentales, el art. 1 reitera el gran reto sintetizado ya en el preámbulo, complementado con otras características típicas, entre las que se añade su carácter intercultural, sus autonomías y su pluralismo en varios frentes. En enseguida el art. 2, , complementado por otros más específicos, como el 4, que garantiza la “libertad de religión y de creencias espirituales” (en alusión a las espiritualidades indígenas) y el art. 8, que asume los principios ético-morales de la sociedad plural citando algunos de los pueblos andinos y de tierras bajas, que serán incorporados en la currículo educativa nacional y la nueva ley de educación Avelino Siñani y Elizardo Pérez.

Más adelante, en el Título de Derechos y Garantías, hay un mayor equilibrio que antes entre los derechos personales y los colectivos, incluyéndose por primera vez todo un capítulo sobre los de las NyPIOC, que se extiende también a los pueblos afrobolivianos (art. 30-32). El capítulo 6 eleva al rango constitucional los principios de que la educación debe ser “comunitaria, descolonizadora, intracultural, intercultural y plurilingüe”, en sus diversos niveles (art. 78, 91) y el capítulo 7 reitera que la “diversidad cultural constituye la base esencial del Estado Plurinacional Comunitario”, por lo que “la interculturalidad es el instrumento para la cohesión y la convivencia armónica y equilibrada entre todos los pueblos y naciones” (art. 98). Esto como discurso constitucional suena integrador, pero en la realidad no sucede, porque se prioriza una lengua sobre otra, no se asignan recursos para establecer centros de investigación aplicada en lingüística, etnología ni antropología, que viabilicen los insumos para realizar estos procesos de enseñanza de lenguas, ni mucho menos para la valoración, visibilización y cuidado del patrimonio cultural del país, especialmente en tierras bajas.

Se incorpora el derecho y deber, siempre muy sentido por los pueblos originarios y, ahora, también por el mundo postmoderno, de “proteger y defender un medio ambiente adecuado para el desarrollo de los seres vivos” (art. 108 #16), aunque este tema no llega a desarrollarse con la precisión y audacia de la nueva CPE del Ecuador, mucho menos a respetar realmente las reservas naturales del país.

En la Segunda Parte, sobre la Estructura y Organización Funcional del Estado, se mantienen los clásicos tres poderes, pero caracterizando a varias de sus instituciones clave como plurinacionales, lo que tiene también sus implicancias en la manera plural y equilibrada con la cual debe nombrarse a sus miembros. Es relevante notar que en la práctica, estos tres poderes han perdido autonomía, el ejecutivo interfiere sobre el legislativo y el judicial, ocasionando así un debilitamiento interno en el proceso democrático y de libertad.

Así ocurre en el Parlamento, ahora llamado Asamblea Legislativa Plurinacional (art. 145-147) y en el Poder Judicial, donde, dentro de la función judicial “única”, se establecen tres jurisdicciones – la ordinaria, la agroambiental y la IOC (art. 179 y 190-192). Se buscará como concertar la jurisdicción ordinaria y la de los IOC a través de una Ley de Deslinde Jurisdiccional (art. 191) y elevando cualquier demanda al Tribunal Constitucional Plurinacional, cuyos miembros deberán ser elegidos “con criterios de plurinacionalidad y representación del sistema tanto ordinario como IOC” (art. 196-199). Algo semejante ocurre también en el Órgano Electoral Plurinacional en el que, a su vez, se abre la posibilidad de que las NyPIOC puedan elegir a ciertas autoridades y representantes “de acuerdo a sus propias formas de elección” (art. 210).

Controvertido y contradictorio es asimismo el requisito de que los servidores públicos hablen al menos dos idiomas oficiales y esto mismo se ha implementado en la malla curricular del sistema educativo, tanto para estudiantes como para profesores, lo cual resulta todavía inviable por la ausencia de una estructura gramatical, estudios de lingüística en las lenguas originarias del país que permita enseñar su gramática y fonética, por lo pronto esto sucede a nivel más discursivo y se queda en lo folklórico, ya que, insisto, tampoco se han asignado presupuestos para iniciar estas investigaciones, a excepción de los ya existentes institutos de lengua Guaraní, Quechua y Aymara, quedando las demás lenguas discriminadas del sistema educativo, y además, el mismo presidente del Estado, primer funcionario público tampoco habla ninguna de las lenguas originarias del país.

La Tercera Parte, sobre la Estructura y Organización Territorial del Estado se trabajó intensamente en los diálogos de octubre con los, todavía, prefectos de oposición, la Federación de Asociaciones Municipales (FAM) y otros, llegando finalmente a una formulación que, si bien aquellos no la quisieron firmar, sí fue aprobada por el Parlamento con algunos cambios menores. En contraste con la CPE hasta ahora vigente, que prácticamente ignora el asunto por su enfoque centralista, las autonomías son ahora otro de los pilares del nuevo Estado desde la perspectiva tanto de las regiones y gobiernos locales como de las NyPIOC.

La Cuarta Parte, sobre la Estructura y Organización Económica del Estado, es también nueva, aunque está todavía poco trabajada y colgada del enfoque centralista, lo cual la hace no tan nueva. Dentro del enfoque de una “economía plural”, introduce la organización económica comunitaria, con sus principios de reciprocidad y solidaridad y se empieza a hablar de economías colaborativas (art. 306-307) y – de nuevo – el deber de mantener el equilibrio del medio ambiente (art. 342), en particular en relación a la explotación de los recursos naturales y a la necesidad de consultar a las NyPIOC potencialmente afectadas (art. 353). En esta cuarte parte, el centralismo es la pauta que describe el comportamiento del Estado, no se asignan competencias con recursos, ni económicos ni humanos, las gobernaciones departamentales siguen teniendo los mismos y más problemas presupuestarios que antes, este modelo de autonomías centralizadas y controladas por el Estado central que desconoce las necesidades de tierras bajas y del país en general, sigue causando grandes inequidades y sigue resolver las necesidades básicas de ítems para médicos, maestros en zonas rurales y urbanas, así como tecnología médica y material pedagógico, no hay atmósferas para salud ni para educación acordes con las características climatológicas y cantidad de habitantes en los pueblos, ni en la ciudades, está demás decir, que estos aspectos que son responsabilidad del Estado, interfieren significativamente en el desarrollo humano del país.

Es importante destacar también que desde esta perspectiva, en esta Cuarta Parte, se retoma también el tema de la “tierra y el territorio” (art. 393-404), que antiguamente estaba encapsulado dentro del régimen especial agrario.

A continuación, una gráfica que describe los 5 niveles de las Autonomías:

Fuente: Gobernación del Departamento de Santa Cruz.

Con el referendo se aclara el tipo de Estado en la Constitución y las potestades estructurales, consolidándose así un proceso autonómico que todavía no termina de andar, al menos en términos jurídicos se han dado lineamientos, que siguen en proceso de implementación en los niveles estructurales y supra-estructurales de país con los siguientes ejes:
a) La totalidad de los departamentos acceden a las autonomías departamentales (con asignación de competencias, pero sin recursos económicos ni humanos en la mayoría de los casos).
b) Una autonomía regional en la Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija con los municipios de Yacuiba, Villamontes y Caraparí.
c) Once municipios se convierten en autonomías indígenas originarias campesinas: Charagua en Santa Cruz, Charazani y Jesús de Machaca en La Paz, Chayanta en Potosí, Huacaya, Tarabuco y Villa Mojocoya en Chuquisaca, y Chipaya, Salinas de García Mendoza, Pampa Aullagas y San Pedro de Totora en Oruro.

Es relevante notar que todavía hay una división entre el oriente y el occidente de Bolivia, en esta etapa de implementación de las políticas definidas en la Ley marco de autonomías; dicha división radica en la visión que tiene cada región sobre la organización político-administrativa del país y el resultado del mismo referéndum, además de los antecedentes históricos mencionados al inicio del presente ensayo, así como en la distribución desigual de los recursos entre una y otra región, la ausencia de una administración autónoma de los recursos, es decir en términos de descentralización económica y asignación de recursos para educación, salud, cultura y vivienda, seguimos estancados, no hay autonomía. Aún no se materializan las competencias y recursos definidos, en especial las competencias tributarias y la administración de los recursos más significativos, como el gas, petróleo, madera, siguen siendo de carácter centralista.

En el siguiente organigrama se observa la estructura de relaciones entre un nivel y otro del proceso autonómico, podrán ver que el mismo está configurado desde una lógica, todavía, centralista. Este organigrama actualmente no existe porque el ministerio de autonomías ha pasado a ser Viceministerio dependiente del ministerio de la presidencia.

Este organigrama fue del primer Ministerio de Autonomías en la historia del país, estuvo definido por la lógica de los niveles de autonomías: nacional, departamental, municipal, indígena-originario-campesino. En términos de competencias y alcance en los gobiernos intermedios no se llega a cumplir la totalidad de relaciones entre un nivel y otro, la coordinación no ha sido efectiva, especialmente en tierras bajas, tanto en la Chiquitania como en la Amazonía de Bolivia, el carácter andino céntrico no cambió y gran parte de la población, especialmente Pando, Beni, Santa Cruz y Tarija no ha vivido todavía los beneficios de las autonomías, siguen las pugnas por recursos acordes al crecimiento y movimiento demográfico y productivo del país, pero además ha aumentado la migración de la región andina a tierras bajas, muchas de ellas inducidas por el mismo gobierno, para aumentar votos a su favor y sembrar coca. El objetivo de estas migraciones es para argumentar que los pueblos de tierras bajas también votan por él y legitimarse ante el sistema democrático electoral, pero no así ante el pueblo.

El 2017 el Ministerio de autonomías pasa a ser el Viceministerio de autonomías y descentralización, dependiente del Ministerio de la presidencia a la cabeza del politólogo e internacionalista Hugo Siles Nuñez del Prado, quien está intentando asentar el proceso en el Chaco boliviano, para acercarse a los departamentos de la media luna, se ha socializado un primer clasificador competencial estructurado en: Tipo de competencia, materia y áreas.

El tipo de Estado y las potestades estructurales actuales del Estado boliviano responden todavía a la necesidad de romper con el “primer vicio” sobre el que se pretendió montar el Estado Boliviano después de las guerras de la independencia, ese primer vicio que invisibilizó a los pueblos originarios y campesinos, correspondientes a un 62 % de la población, que hoy por hoy se ha hecho visible, y sin embargo, la paradoja de la historia, deja ver que este 62% no está totalmente incluido, porque el Estado sigue siendo centralista y privilegiando a sus propios intereses político-partidarios, no termina de reconocer e incluir a las poblaciones originarios de tierras bajas, mucho menos el sentido de bien común del país.

4. El proceso de implementación de la autonomía en Bolivia desde su estructura Competencial del nivel intermedio:

Para conocer y entender cuáles son las competencias a nivel regional, me remitiré inicialmente a este cuadro de funciones de los cuatro niveles de autonomías y seguidamente a las descripciones dadas por el mismo Ministerio de Autonomías en el Clasificador competencial, así mismo me referiré a los artículos y mi estudio sobre el documento de la Ley marco de autonomías.
El siguiente cuadro describe las funciones, en términos generales, de los niveles de autonomías:

Funciones de la autonomía

Autonomía Funciones
Indígena originaria campesina Impulsar el desarrollo integral como naciones y pueblos, así como la gestión de su territorio.
Departamental Impulsar el desarrollo económico y social en su jurisdicción.
Municipal Impulsar el desarrollo económico local y humano a través de la prestación de servicios públicos a la población, así como coadyuvar al desarrollo rural.
Regional Promover el desarrollo económico y social en su jurisdicción, mediante la reglamentación de las políticas públicas departamentales en la región, en el marco de sus competencias conferidas.

Fuente: Claudia Vaca (2013).

Según el clasificador competencial emitido el año 2012 por el Ministerio de Autonomías, tenemos cuatro tipos de competencias: privativas, exclusivas, compartidas y concurrentes. En esta estructura competencial, no tienen grandes competencias ni autonomía de recursos ni las provincias, ni los distritos municipales, que no son entidades territoriales autónomas sino sólo “administrativas”, para ejecutar y quizás añadir ciertos reglamentos a leyes dadas a un nivel superior. Las regiones – formadas por un conjunto de municipios o provincia(s) – quedan en una situación intermedia. Se las mantiene dentro de la Parte Tercera, sobre la Estructura y Organización Territorial del Estado, con un capítulo propio llamado “Autonomía regional” (art. 280-282 de la Ley Marco de autonomías). Pero, después de los acuerdos con la oposición en octubre del 2008, se precisó su rol “como un espacio de planificación y gestión” (art. 280 de la Ley Marco de autonomías).

En consecuencia, el art. 301 no define ninguna competencia propia de esa autonomía regional, salvo las que “le sean transferidas o delegadas”, aquí se nota todavía el carácter centralista de la misma ley marco de autonomías y descentralización (LMAD), por lo cual no hay asignación de competencias con recursos, sino descentralización de funciones a los gobiernos departamentales, pero sin recursos ni decisión sobre los recursos que salen de las mismas regiones (petróleo, madera, gas, etc.). Las competencias son más de carácter discursivo, además son cambiantes, predominan las competencias compartidas en todo caso, que de igual manera son asignadas o delegadas por el gobierno central.

En los niveles de funciones y competencias, las autonomías en Bolivia están aún en una etapa regulatoria del procedimiento para la elaboración y aprobación de las cartas orgánicas municipales, los estatutos autonómicos, las transferencias de recursos y delegación competencial, el régimen económico y financiero, y la coordinación entre el nivel central y las entidades territoriales descentralizadas y autónomas. En este sentido, los 9 títulos, 149 artículos, 6 disposiciones adicionales, 17 disposiciones transitorias, 1 disposición abrogatoria y 3 disposiciones finales cumplieron con su cometido medianamente, y en beneficio del gobierno central. Desarrollaron el tema demandado históricamente de autonomías departamentales e incursionaron en áreas de imprescindible desarrollo para este nuevo modelo de organización estatal, llamado autonomía, pero quedan grandes desafíos y desigualdades por resolver, esto porque sigue en proceso de implementación (van diez años) y porque todavía hay una distribución desigual de los recursos (entrevista a Daniel Delgado, Jefe de Gabinete de la Gobernación de Santa Cruz, 2017).

Pare entender mejor esta situación, veamos esta tabla comparada de las principales competencias en el país.

Tabla comparada de principales competencias en el país: Matriz Competencias Dimensiones de Políticas y Nivel de Gobierno que opera competencia (atribución).

Dimensiones del desarrollo Nacional Subnacional
Relaciones Internacionales Competencia Compartida en el marco de la Política Exterior del Estado Competencia Compartida (Sin Ejercicio por política Central)
Defensa Competencia Privativa, solo la ejerce el Estado Central. Ninguna actividad o atribución
Policía Competencia Privativa, solo la ejerce el Estado Central. En materia de Seguridad Ciudadana, tenemos obligaciones en función a la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana, Ej: Asistir económicamente a la Policía de acuerdo a sus requerimientos, en el marco del 10% del IDH (impuestos de los hidrocarburos)
Justicia Es un Órgano Independiente del Estado, sujeto a la CPE

Nacional tribunales, Fiscalía y defensorías.

Municipios tienen Juzgados de Policía Local, tránsito, defensorías municipales del menor y la mujer.
Potestad Legislativa Cada Nivel del Estado el ámbito de la regulación dispuesta por la CPE y la Ley Marco de Autonomía. Cada Nivel del Estado el ámbito de la regulación dispuesta por la CPE y la Ley Marco de Autonomía. Sin embargo, sigue existiendo invasión competencial del Nivel Central a los Gobiernos Sub Nacionales, Ej: Disposición de Recursos de los Tesoros Departamentales a través de leyes y decretos del Nivel Central.

Leyes, cartas y ordenanzas municipales aprobadas por el concejo municipal, leyes departamentales aprobadas por asambleas legislativas departamentales, leyes indígenas, estatutos orgánicos (uno por departamento), cartas orgánicas (una por municipio)

Marco Económico regulatorio y tributario La Política Económica es competencia privativa. En cuanto a codificación tributaria es competencia privativa del Estado Central. Creación de Impuestos y Tasas siempre y cuando no sean análogos a los del Nivel Central.

Creación de la Agencia Tributaria Departamental.

Leyes municipales que regulan mediante régimen simplificado el movimiento comercial.

Las regiones tienen coparticipación por ley de la renta minera y de hidrocarburos

Desarrollo Económico Gobierno central nacionalizó industrias de recursos naturales y fomenta emprendimientos cooperativos, estatales y mixtos. Desarrollo Económico Local

Concejo regional económico y social.

Secretaría departamental de finanzas crea, organiza y administra tributos

Tienen programas puntuales de fomento a la producción agrícola, de importaciones y exportaciones.

Transporte Legislación y Regulación del Transporte a Nivel Nacional e Inter Departamental.

Sindicatos de transportistas pactan con Ministerios.

Legislación y Regulación del Transporte Departamental y nivel Interprovincial que igualmente pactan con las instancias gubernamentales oficiales.
Vialidad Nacional, Departamental y Municipal de acuerdo a las Rutas. Nacional, Departamental y Municipal de acuerdo a las Rutas.
Aguas, regadío y cuenca Nacional, Departamental y Municipal. Nacional, Departamental y Municipal.
Ayuda social y alimentaria Nacional, Departamental y Municipal. Nacional, Departamental y Municipal.
Educación básica y secundaria Ejerce el Nivel Central. Gestión Administrativa con Sentencia Constitucional que se niegan a cumplir desde el Nivel Central. Solo nos permiten Construcción y Equipamiento de Institutos Tecnológicos.

Departamentos y municipios no tienen potestades normativas en educación, mucho menos curriculares, hay una malla curricular dogmática socialista y sesgada en cuanto a la realidad del país.

Universidad Públicas gozan de Autonomía propia, Privadas están reguladas por el Nivel Central. Son públicas y autónomas en los departamentos de Santa Cruz, Tarija, Beni, Pando. Tienen un carácter de demandas autonómicas y de descentralización histórico, desde la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno de Santa Cruz. Sin embargo a nivel presupuestario no hay asignación ni disposición plena de recursos, porque el Ministerio que las regula, el de Educación sigue siendo de carácter centralista pleno.
Vivienda Nacional, Departamental y Municipal. Nacional, Departamental y Municipal. Solo ejercida por el Nivel Central por decisión política del Gobierno.
Salud Nacional, Departamental y Municipal. Nacional, Departamental Y municipal. La Gobernación de Santa Cruz se hace cargo de la Salud y los Hospitales de 3er nivel, incluyendo ítems, pese a ser responsabilidad del Gobierno Central. (Competencia Asignada desde el 2013 sin recursos).

En el caso de otras Gobernaciones dependen completamente del nivel Nacional.

Planificación territorial Nacional, Departamental y municipal según su jurisdicción. Nacional, Departamental y municipal según su jurisdicción.
Ciencia y Teconología Concurrente entre los niveles de Gobierno. Concurrente entre los niveles de Gobierno.
Medio Ambiente Concurrente entre los niveles de Gobierno. Concurrente entre los niveles de Gobierno.
Pueblos Originarios Gozan de Respeto en su Autonomía Indígena de acuerdo a la Constitución. Gozan de Respeto en su Autonomía Indígena de acuerdo a la Constitución.

Fuente: Claudia Vaca (2017). A partir de entrevistas al asesor de Gestión Abg. Victor Hugo Añez y Jefe de Gabinete de la Gobernación de Santa Cruz Daniel Delgado Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz.

En los últimos meses de la gestión del Viceministerio de Autonomías, las decisiones más relevantes dentro del proceso han sido la difusión del clasificador competencial que está en etapa de socialización, la conformación de un equipo técnico que apoye directamente el programa de trabajo de las autonomías indígenas para los municipios en el ámbito de la gestión púbica y el desarrollo económico territorial. En este sentido se está organizando el 2do Foro regional de Desarrollo Económico Local para américa Latina y el Caribe, realizado junio del presente año. En los próximos meses entrarán a Referendo y consulta 14 Entidades Territoriales Autónomas (ETA) que optarán o no por aprobar sus cartas orgánicas municipales (COM), estatutos de autonomía indígena originario-campesina (EAIOC) o también de acceso a la Autonomía Indígena (Entrevista a Daniel Delgado, 2017).

Por otro lado en el Departamento de La Paz, se aprobarán o no las Cartas orgánicas municipales (COM) de los municipios de Alto Beni, Coroico, Laja, Achocalla y Sicaya; en el caso del Departamento de Cochabamba participarán del Referendo Autonómico los municipios de Puerto Villarroel y Shinahota; Valle Grande y Postrer Valle, municipios del departamento de Santa Cruz , también decidirán si apuestan o no por el perfeccionamiento de sus normas básicas institucionales; finalmente se refirió a la consulta y Referendo en Uriundo (Tarija), Antequera (Oruro), Puna (Potosí) que en su conjunto estarían avanzando hacia el perfeccionamiento del proceso autonómico municipal en el Referendo próximo (Conclusiones de notas de prensa: El Deber y La Razón, Abril 2017).

Las tareas descritas anteriormente, denotan que no hay una mirada desde el Desarrollo humano con énfasis en educación, salud y cultura, como punto de partida para la misma elaboración de las cartas orgánicas, porque estos ámbitos no están descentralizados, por lo tanto las posibilidades de decisión regional, municipal, comunitaria son nulas. Este proceso exige mayor compromiso y entrega en términos de ciudadanía, académicos y conceptuales, pero sobre todo a nivel metodológico para que la población participe con mayor solidez del proceso, por cuanto se hace preciso dar a conocer a detalle tanto la CPE como la Ley marco de autonomías, para entender su límite competencial ya que en la CPE se establecen competencias privativas (artículo 298), compartidas (artículo 299), exclusivas (artículo 300) y concurrentes (artículo 299. II), todas estas son todavía de alcance limitado a nivel regional, porque las asignaciones presupuestarias más altas, las sigue definiendo el Estado central, por la naturaleza misma del Estado, como diría Bertolt Brecht: Lo nuevo no acaba de nacer y lo viejo no acaba de morir.

En resumen se transfieren competencias por encima de la CPE, no existen en el Tribunal constitucional, la institucionalidad y fortaleza, mucho menos la independencia, para determinar lo que por Ley corresponde a cada región (Urenda, 2007), el mismo presidente no está respetando la Constitución, queriendo relanzarse en las elecciones nacionales del 2019, siendo que se han hecho dos referéndums que dicen NO más Evo Morales en el país, y él está manipulando la CPE y todo el sistema electoral, demográfico, jurídico, para hacer y deshacer. Bolivia atraviesa una situación crítica de falta de respeto a la Democracia misma, que paradójicamente está respaldada por la democracia electoral que le permite seguir teniendo votos, ya sea por mayoría originaria campesina, por manipulación del sistema electoral, o simplemente porque no hay un programa de gobierno alternativo con capacidad de convocatoria y articulación de la población nacional.

5. Conclusiones y reflexiones finales:

En Bolivia se aprobó una nueva Constitución Política del Estado en 2009, nueva Ley Marco de Autonomías y Descentralización en 2010, sin embargo el Régimen Económico y Financiero es el mismo vigente hace 20 años, con las mismas leyes de recaudación y distribución de recursos, a pesar que en la nueva Constitución en el caso de Gobiernos Subnacionales, sus competencias pasan de 22 a 59, con las mismas fuentes de ingreso y sin determinar otras fuentes de ingreso adicionales. En muchos casos se confiscaron recursos a los Gobiernos Subnacionales para financiar competencias nacionales como son los pagos insostenibles de la Renta Dignidad para el adulto mayor, bono educativo para estudiantes escolares, bono consuelo para madres solteras adolescentes, todas políticas populistas que se están comiendo las ganancias del impuestos a los Hidrocarburos, que antes se pagaba con utilidades de las empresas publicas capitalizadas y en otra se financia una competencia privativa del Gobierno Central, como fue la Exploración y explotación Petrolera, ratificando el modelo Económico y Financiero de carácter Centralista, extractivista de materia prima y discrecional del Gobierno de turno en desmedro de los Gobiernos Subnacionales.

El modelo de descentralización y autonomías del Estado Plurinacional de Bolivia se encuentran en plena fase de implementación y desarrollo, no tiene en ninguna de sus competencias asignación de recursos, ni competencias para salud, educación, cultura y seguridad ciudadana. Los niveles de autonomías: autonomía departamental, autonomía municipal, autonomía indígena originaria campesina y autonomía regional son parte esencial de la transformación del Estado y del proceso de cambio en los últimos años, pero a niveles prácticos, no se ve tal descentralización ni asignación de recursos, insisto, especialmente en áreas del desarrollo humano (educación, salud, cultura), como bien lo demuestro en el cuadro anterior en diferentes áreas.

Hemos vivido una primera fase normativa inicial de las autonomías, el proceso autonómico, con la realización de referéndums y consultas, la vigencia de normas básicas institucionales, cartas orgánicas, estatutos, regulación de competencias y dialogo del pacto fiscal, que ha sido boicoteado por el mismo gobierno central, porque no quiere asignar recursos, y en ningún momento se ha puesto sobre la mesa de consulta el tipo de educación, salud y seguridad ciudadana que quiere cada región, acorde a su diversidad, particularidades etnográficas, lingüísticas, climatológicas, etc., es decir, se está cayendo en el mismo hábito histórico de invisibilizar los desencuentros y encuentros de las diversas epistemes que conviven en el país, hacen falta recursos de comunicación para el desarrollo, de gestión de diálogo inter e intracultural, que viabilicen este proceso, hace falta más metodología comunicacional en la elaboración de cartas orgánicas municipales y en todas las etapas del proceso atuonómico nacional, hacen falta más profesionales expertos en gestión de crisis, de comunicación para el desarrollo, resolución de conflictos, ciudadanía y ética del ciudado, profesionales que no terminen adhiriéndose al partido político de turno, para adherirse una licitación, hacen falta profesionales neutrales y con profundo sentido de bien común, que participen en la elaboración de metodologías que faciliten este profundo y largo recorrido que Bolivia tiene por vivir aún, sea cual sea la ideología, partido político o líder que esté de turno.

En resumen, el modelo de neodesarrolismo indígena boliviano se caracteriza por la presencia protagónica del Estado (Mayorga 2015, p. 452). La ausencia de un sistema de actores para el “Vivir Bien” o la disminución de la capacidad de agencia política de los actores sociales es suplida con la concentración del poder político en el partido de gobierno, un hecho que reduce la complejidad de las negociaciones con la sociedad pero refuerza la capacidad decisoria del Estado (Mayorga 2015, p. 453). A la vez, la conducción gubernamental depende de un líder carismático que fusiona las identidades campesina, indígena y popular y dispone de una amplia legitimidad que le permite dirigir el Estado en un periodo de gobierno que durará casi quince años (Mayorga 2015, p. 452), legitimidad que no ha logrado traducirse en confianza, porque el pueblo boliviano desconfía de sus decisiones, especialmente en la última gestión, los pueblos originarios campesinos se han sentido traicionados por su líder, este proceso no es masivo, pero se deja ver en los medios. Si la estabilidad política y económica es una fortaleza cuando se sustenta en la legitimidad democrática, la dependencia del proceso político respecto de un liderazgo carismático es una debilidad del proyecto político que impulsa el modelo de desarrollo. Su derrotero dependerá de la configuración de un sistema de actores de desarrollo así como de la solidez de un entramado institucional que permitan ampliar la autonomía relativa del Estado y lo conduzcan en una perspectiva de desarrollo informacional inclusive intercultural, afín al neodesarrolismo indígena (Mayorga 2015, p. 453). Sería ideal que estas cualidades del líder carismático, dejen de centrar el sistema de desarrollo boliviano en las mismas y en el líder, para establecer un sistema de desarrollo humano centrado en la participación y descentralización de la educación, salud, cultura, seguridad ciudadana, en beneficio de país, que trascienda al líder y a su partido político, que se instale más allá del líder y del partido político, si el MAS logra esto en lo que le queda de esta gestión, la historia de Bolivia podría ser distinta y no se repetiría lo sucedido en 1952 con el liderazgo de Paz Estensoro, que generó cambios, nacionalizó híbridamente, promovió derechos sociales a pueblos también discriminados, pero finalmente no se asentó un sistema de desarrollo que trascienda al MNR ni al mismo Paz Estensoro. Esperemos que recuerden hacer esta lectura de la historia y no se caiga en el mismo fango.

Por otra parte la Ley marco de autonomías demanda por más de cien años desde Santa Cruz de la Sierra, que perteneció al Virreinato de la Plata y nunca estuvo de acuerdo con la creación del Estado Centralista Unitario, logra que se realicen elecciones de gobernadores por primera vez en la historia, descentralizando aspectos de jurídicos, pero no recursos, asignando algunas competencias, sin recursos, esto afecta directamente tres áreas elementales para el Desarrollo Humano: la educación, la salud y la cultura, y todas las aristas que intervienen en estas áreas; así compruebo la hipótesis del ensayo: la nueva estructura del Estado Plurinacional de Bolivia y la Ley marco de autonomías no han descentralizado recursos para las demandas de desarrollo humano (especialmente salud, educación y cultura) de los habitantes de tierras bajas, ni de zonas rurales, menos de las zonas urbanas de Santa Cruz, Pando, Beni y Tarija.

Hay un discurso integrador en la carta magna, que no termina de resolver las desigualdades históricas en cuanto a ampliación presupuestaria y autonomía real de competencias para Santa Cruz de la Sierra y tierras bajas, que son las regiones donde se generan los recursos más importantes para PIB de Bolivia (gas, petróleo, madera, producción agrícola).Se observa entonces que el modelo de desarrollo boliviano pretende vincular los códigos de modernidad con las identidades culturales, pero este proceso ha quedado en el discurso, porque no hay proyectos con recursos descentralizados y centralizados asignados para investigación antropológica, educativa, patrimonial, filológica, etnológica, de salud, etc. enfocada en el Desarrollo humano, para entender la relevancia que tienen estos códigos (en el sentido semántico, semiótico, léxico de cada área del desarrollo humano) en el proceso de construcción del Estado plurinacional, el abordaje ha sido más genérico, desde las ciencias sociales, económicas y políticas, no así desde la psicolingüística, sociolingüística, ciencias culturales, epistemología, filosofía, antropología, arqueología humana, etc. que permitirían entender los elementos de la subjetividad que hay en cada cultura y pueblo originario y cómo va construyendo cada pueblo su gramática del desarrollo, para que a partir de ese entramado de visiones se piense de manera participativa y equitativa en un modelo de desarrollo que logre unificar más al país, romper con las luchas regionales que todavía son predominantes y notorias en cuanto a desarrollo y asignación de recursos entre el oriente y occidente boliviano, es importante asumir un modelo de desarrollo basado en la educación y la cultura, que potencie y haga sostenible los alcances del modelo de desarrollo económico del Estado Plurinacional, para no repetir las practicas desarrollistas extractivistas de anteriores procesos históricos (como la revolución del 52), que terminan enfangándose solas en el tiempo y la población asume las consecuencias, mientras que a nivel político partidario se resuelve qué partido o qué líder entrará a paliar el momento de crisis y a convertirse en caudillo o héroe nacional, porque el ego es mayor que su sentido de bien común. A pesar de las reformas económicas, los beneficios de éstas en la disminución de la pobreza material de algunas comunidades, en especial las del altiplano (en tierras bajas no ha habido mayor impacto de la realidad socioeconómica de sus habitantes), la pobreza en el sistema educativo y de salud sigue igual y peor, cuando por ejemplo hay migraciones de una región a otra y ni los municipios de tierras bajas tienen recursos asignados para satisfacer las demandas de esta nueva población en asignación de ítems para médicos, profesores, habilitar nuevos cupos en las escuelas de las zonas rurales de tierras bajas…y así sucesivamente seguimos con “lo viejo que no acaba de morir y lo nuevo no acaba de nacer”

6. Referencias bibliográficas

– CPE, CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL (2009): Estado Plurinacional de Bolivia, La Paz, Bolivia.
– LMDAD, LEY MARCO DE AUTONOMÍAS Y DESCENTRALIZACIÓN “ANDRÉS IBAÑEZ” (2010), La Paz, Bolivia.
– CLASIFICADOR COMPETENCIAL: AUTONOMÍAS BOLIVIA (2012), La Paz, Bolivia.
– CUBAS, R. PABLO (2006): Bolivia: movimientos sociales, nacionalización y asamblea constituyente. Observatorio social de américa latina, CLACSO.
– ALBÓ, X (2009): Autonomías indígenas en la realidad boliviana y su nueva constitución, La Paz, Bolivia.
– Peña, Paula (2007): La permanente construcción de lo cruceño, PIEB-UAGRM-CEDURE, Santa Cruz.
– Molina, Carlos Hugo, Peña, Claudia y Vaca, Claudia (2008): El movimiento cívico frente al proceso de descentralización y autonomía del 1994 al 2006, CEPAD, Ed. El País, Santa Cruz de la Sierra, Bolivia.
– Mansilla, HCF (2006): Problemas de la autonomía en el Oriente Boliviano: La ideología de la Nación Camba en el espejo de las fuentes documentales, Ed. El País, Santa Cruz de la Sierra, Bolivia.
– Parejas, Alcides (1980): Historia del oriente boliviano: Introducción a la historia socioeconómica de Santa Cruz de la Sierra: siglos XVI al XIX, Ed. Oriente, UAGRM, Santa Cruz de la Sierra, Bolivia.
– Rojas, Víctor (2015): Región y poder central en Bolivia: Santa Cruz de la Sierra, 1938-1971, Ed. Biblioteca del Museo de Historia de Santa Cruz, Patrimonio histórico cultural de Bolivia, Santa Cruz de la Sierra, Bolivia.
– Entrevistas realizadas por mi persona al Jefe de Gabinete de la Gobernación del Gobierno Autónomo departamental de Santa Cruz, Daniel Delgado, Mayo, Junio, Julio del 2017.
– Fuentes hemerográficas El Deber y La Razón, Bolivia 2017, 2006.
– Sinopsis del informe de desarrollo humano en Bolivia, Fernando Calderón, 2012: http://www.uoc.edu/web/cat/art/uoc/calderon0402/calderon0402_imp.html
– Molina, Carlos Hugo, La base ideológica del desarrollo cruceño: la importancia de esta parte de américa del sur, colección de Ciencias Sociales/historia, Editorial El país, 2013.
– Entrevista a Fernando Mayorga respecto a los 9 años del proyecto político de Evo Morales, 2014: https://www.pagina12.com.ar/diario/dialogos/21-239515-2014-02-10.html
– Informes de lectura de Cultura y Modernidad y reflexiones del profesor Hernán Dinamarca en clases, especialmente las referentes al proceso de construcción identitaria, urbanización, industrialización, las cartas de Portales y Bolívar, y el neodesarrollismo indígena.
– Urenda, Juan Carlos, Autonomías departamentales: un aporte a la constituyente, tercera edición, 2007

Glosario básico:

1. MEDIA LUNA: Se denominó media luna a los departamentos de Santa Cruz, Pando, Beni y Tarija en febrero del 2003, correspondientes a la unión de Comités Cívicos que demandan autonomías, pasando a ser la demanda autonómica un tema de agenda nacional y no solo de Santa Cruz.
2. NyPIOC: Son las siglas de Naciones y pueblos indígenas, originarios campesinos anteriores a la colonia y de libre autodeterminación.
3. MAS: Movimiento al socialismo es el nombre del partido político que gobierna Bolivia desde el 2006, encabezado por el cocalero sindicalista, mestizo Evo Morales Ayma, además presidente de la federación de cocaleros de Bolivia.
4. CPE: Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia
5. IOC: Indígena, originario, campesino
6. LMAD: Ley marco de autonomías y descentralización “Andrés Ibáñez”
7. COM: Cartas orgánicas Municipales
8. ETA: Entidades territoriales autónomas
9. EAIOC: Estatutos de autonomía indígena originario-campesina

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